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domingo, 31 de marzo de 2019
lunes, 25 de marzo de 2019
La ampliación del permiso de paternidad a ocho semanas no entrará en vigor hasta el 1 de abril
La ampliación del permiso de paternidad a ocho semanas no entrará en vigor hasta el 1 de abril
Además del retraso en la aplicación, la letra pequeña del Decreto-Ley elimina los dos días de permiso por nacimiento y advierte de la posibilidad de que los subsidios no se cobren a tiempo, entre otras medidas.
Medidas urgentes
Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
PDF (BOE-A-2019-3244 - 26 págs. - 405 KB) Otros formatos
El BOE de hoy recoge el Decreto-Ley de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. La norma, aprobada el pasado viernes y que ha retrasado su publicación en el boletín hasta hoy, amplía el permiso de paternidad a ocho semanas. Por esa razón, tenía en vilo a muchas personas que estaban, estos días, a punto de ser padres. Y lo que ha acabado pasando aplaza aún más su entrada en vigor, la clave para saber quiénes podrán disfrutar de ese permiso extra de tres semanas, dependiendo de cuándo nazcan los niños: esos puntos del Decreto-Ley no lo hacen mañana, como el resto de los artículos, sino el 1 de abril.
La disposición final explica que entra en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, mañana 8 de marzo. Pero el apartado tercero de esa misma disposición plantea una excepción: los puntos que amplían el permiso por paternidad, que no se aplican hasta 1 de abril. Se trata de los apartados: artículo 2 apartado 12 (reforma del Estatuto de los trabajadores), artículo 3 apartado 3 (reforma del Estatuto del Empleado Público) y artículo 7 apartados 7 y 8, que amplía a los padres las bonificaciones en la cuota de autónomos durante el permiso por nacimiento de hijos y a su regreso al trabajo. Ninguno de ellos entra en vigor antes del 1 de abril.
Esas 16 semanas, que son intransferibles, se alcanzarán de forma progresiva: 8 en 2019 (la ampliación que esperan muchos futuros padres ahora mismo), 12 en 2020 y 16 en 2021. Los puntos que regulan esa aplicación paulatina son el artículo 2, apartado 18 (para todos los trabajadores); y el artículo 3, apartado 4 (para los empleados públicos). Ambos dependen de los artículos que amplían a 16 semanas, los que no son efectivos hasta el 1 de abril. Eso es: si no es efectiva la ampliación a 16 semanas, su aplicación progresiva, que depende de ella, tampoco puede serlo.
Así, tal y como está redactado el texto (de forma muy poco clara, todo hay que decirlo), la ampliación del permiso de paternidad a ocho semanas no entra en vigor mañana, como sí lo hacen las medidas contenidas en el resto del Decreto-Ley, sino que se aplicará a los padres de niños nacidos a partir del próximo 1 de abril, dentro de más de tres semanas. También para los empleados públicos.
A partir de entonces, de las ocho semanas de permiso, dos serán obligatorias y a jornada completa a partir del nacimiento, para pasar a 4 de 12 en 2020 y 6 de 16 en 2021, cuando se igualen con las de la madre. Si ambos progenitores trabajan, el resto se puede aplicar de forma ininterrumpida o cuando se considere -en bloques mínimos de una semana y avisando al empresario con 15 días- hasta que el menor cumpla un año.
Un fallo puede frenar que se cobren los sueldos a tiempo
Pero decidir utilizar la parte no obligatoria del permiso por partes, y no toda seguida, puede provocar que el sueldo (que paga la Seguridad Social) no llegue a fin de mes. Y es que, además de los retrasos en su publicación y aplicación, que el Gobierno relaciona con problemas informáticos y presiones de los empresarios, su puesta en marcha no está del todo lista. Tal y como adelanta el Real-Decreto, y hasta que el sistema informático no se adapte a las modificaciones aprobadas, en caso de interrupciones, no se pagará el subsidio hasta que se disfrute todo el permiso.
Esto es, si una mujer decide gastar cuatro de las diez semanas de libre uso un mes, pero guardar el resto para más tarde, no cobrará nada ese mes. Y no lo hará hasta que gaste las 16 semanas totales. Al menos hasta que el sistema informático esté listo para poder ir pagando por partes.
Los permisos se ampliarán en una semana por progenitor en caso de partos múltiples (una por cada niño a partir del segundo) o discapacitados. Hasta ahora, esas circunstancias ampliaban en dos meses el periodo de descanso para la madre.
Sin los dos días tras el parto y con permiso durante la lactancia también para el otro progenitor
Otra de las novedades que no se explicaron en Consejo de Ministros y que conocemos solo tras analizar a fondo la letra pequeña del Decreto Ley es que elimina los dos días de permiso tras el nacimiento (cuatro en caso de desplazamiento). Esta supresión sí se aplica mañana, aunque los permisos de paternidad nuevos no lo hagan. Esto significa que los padres de nacidos entre mañana y el 1 de abril tendrán cinco semanas, como hasta ahora, pero podrían perder los dos días de permiso tras nacimiento. Eso sí, aclara que, en caso de parto prematuro con falta de peso o cuando el recién nacido necesite hospitalización durante más de siete días por alguna condición clínica, el permiso se amplía tantos días como necesite estar ingresado hasta un máximo de 13 semanas.
La norma, además, amplía al otro progenitor, al que no está dando el pecho, la hora de reducción de jornada pagada (junta o en dos bloques de media hora) hasta que el menor tenga nueve meses. Lo hace al modificar “permiso de lactancia” por “permiso de cuidado del lactante”. Esta medida no solo beneficia a los nuevos padres biológicos, sino también a aquellos que lo son por acogimiento o adopción.
En este caso, hay diferencias entre lo que se ha aprobado para los trabajadores públicos -incluidos los laborales- y el resto. En el caso de los funcionarios, se sigue hablando de “permiso de lactancia” y no aclara si aplica a ambos progenitores. Eso sí, amplía esos nueve meses a 12. Quienes no sean empleados públicos también podrán ampliar la reducción de jornada a 12 meses si ambos lo hacen, pero en los últimos tres se les reducirá el sueldo.
Control de salarios para evitar diferencias por género
Además de la regulación de permisos por nacimiento, el Decreto-Ley introduce otras reformas destinadas a frenar la brecha salarial. Todas las empresas deberán contar con un registro de retribuciones medias desagregados por sexo, por categorías y por puestos de trabajo de igual valor (funciones y requisitos de acceso equivalentes), que permitan evaluar si existen discriminaciones. Los trabajadores, vía sus representantes laborales, podrán tener acceso a esos datos. Además, si hay diferencias de más del 25% entre géneros para un mismo puesto, las empresas de más de 50 trabajadores deberán justificar esas diferencias en el propio registro.
En paralelo, modifica los planes de igualdad. Si hasta ahora las empresas de más de 250 trabajadores estaban obligadas a aprobar uno, ahora lo están las que superen los 50. Las compañías tienen un año (para las de más de 150 empleados), dos años (entre 100 y 150) y tres años (entre 50 y 100) para llegar a un acuerdo con los trabajadores, firmarlo y enviarlo al nuevo registro de planes de igualdad.
El Decreto-Ley especifica y amplía el contenido de esos planes, incluyendo conceptos como la auditoría salarial, pero el detalle y cómo será el futuro registro se dejan para una norma posterior, a desarrollar en los próximos seis meses.
La norma incluye otras medidas como la obligación del empresario de ofrecer una alternativa o justificar por qué no acepta una modificación de jornada, o el trabajo a distancia, para fomentar la conciliación de los padres. Además, si los dos progenitores piden una excedencia igual por cuidado de menores, su puesto de trabajo quedará reservado durante los primeros 18 meses y no 12.
Además, a partir del 1 de abril, los cuidadores no profesionales de dependientes dejarán de pagar las cuotas a la Seguridad Social, que volverán a quedar a cargo de lo público.
Las principales medidas del Decreto-Ley
Amplía el permiso de paternidad para quienes tengan hijos a partir del 1 de abril. Ocho semanas en 2019 (dos obligatorias tras nacimiento), 12 en 2020 (cuatro) y 16, como el de la madre, en 2021 (seis tras el parto).
Los permisos son intransferibles y se podrán usar, tras el periodo obligatorio, en bloques de una semana, durante el primer año.
El propio texto aclara que la aplicación informática no está preparada y puede haber retrasos en los pagos para quienes decidan cogerlo de forma interrumpida.
Elimina los dos días de permiso tras el parto.
Amplía (el tiempo que esté ingresado, hasta 13 semanas) el permiso para padres de niños hospitalizados al nacer durante más de siete días.
El otro progenitor, el que no está dando el pecho, también tendrá derecho a la hora pagada de reducción de jornada durante los primeros nueve meses.
Obliga a las empresas a tener un registro de retribuciones, con puestos similares, desagregado por sexos, y a dar explicaciones si las diferencias superan el 25%.
Las compañías de más de 50 trabajadores (hasta ahora eran las de 250) tendrán que aprobar un plan de igualdad y enviarlo a un registro central.
La noticia, hoy, es la no publicación. Porque lo que el BOE no publica no existe, no entra en vigor. Y, en el caso del Decreto Ley de Igualdad, aprobado el viernes pasado, esa ausencia implica que la ampliación del permiso de paternidad a ocho semanas aún no es efectiva, lo que genera enfado de algunos padres (los que estos días han tenido a sus hijos y es muy probable tengan cinco semanas y no ocho) y nervios de otros (los que están a la espera estos días o ya han salido de cuentas). Y van cinco días.
El Decreto Ley de igualdad de oportunidades en el empleo se aprobó, y anunció, en el Consejo de Ministros del pasado viernes. Incluye la ampliación del permiso de paternidad en 2019 hasta las 8 semanas; en 2020 hasta las 12 semanas y en 2021 hasta las 16 semanas, además de otras medidas para la equiparación de hombres y mujeres en el trabajo. Aunque puede parecer que ese anuncio dio el pistoletazo de salida a la medida, no es así. Hasta que algo no llega al BOE y entra en vigor, no se aplica.
¿Qué pasa con los hombres que han sido padres estos días, desde que se anunció la medida? Para responder a esa pregunta, tenemos que contestar primero a otra: ¿cuándo se empieza a aplicar una norma? El propio texto de cada Decreto Ley -o ley, o decreto- es el que marca la entrada en vigor. Lo más habitual es que lo haga al día siguiente de su publicación en el boletín o, en ocasiones, el mismo día. Por eso muchas personas que han sido padres estos días dan casi por perdidas las tres semanas extra.
Pero también puede ser que una norma se aplique más tarde (a partir del año siguiente, desde una fecha concreta…) o antes, de forma retroactiva, pero sin dañar derechos de los posibles afectados.
En este caso concreto, una aplicación retroactiva, por ejemplo, aplicando a todos los nacimientos en 2019, podría tener una ejecución compleja (¿qué pasa con quienes ya han agotado su permiso y han vuelto al trabajo? ¿tienen ahora tres semanas?). Otra posibilidad más acotada, pero muy poco habitual, es que la norma entre en vigor desde su anuncio, aunque se publique más tarde, si así se especifica en el texto. Ese es el pequeño rayo de esperanza para los que han sido padres estos días.
Para saber cuándo entra en vigor y cómo se aplica a los nuevos padres, tendremos que leer el texto del Decreto Ley. Y, por el momento, ese texto no ha llegado al BOE.
Quienes haya sido padres o vayan a serlo estos días siguen a la espera de su publicación y de un texto que debe aclarar desde cuándo se aplica y, por tanto, cómo les afecta.
Fuente Público
lunes, 18 de marzo de 2019
Desatascar el fregadero con productos ecológicos
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Vierta una media taza de bicarbonato de soda y una taza de vinagre en un fregadero atascado. Una vez que no saca más espuma, enjuague el fregadero y será destapado.
viernes, 15 de marzo de 2019
Elecciones
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Instrucción 3/2019, de 4 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre consecuencias de la simultaneidad en la celebración de las elecciones generales de 28 de abril de 2019 y de las elecciones locales, autonómicas y europeas de 26 de mayo de 2019, en lo que se refiere a la regulación de la campaña electoral.
PDF (BOE-A-2019-3191 - 3 págs. - 229 KB) Otros formatos
miércoles, 13 de marzo de 2019
Medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo
Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.
PDF (BOE-A-2019-3481 - 26 págs. - 429 KB)
martes, 12 de marzo de 2019
Regula ción Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.Ayuda de Aquiler
Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Medidas 10 de marzo 2018
Vivienda
MINISTERIO DE FOMENTO
Vivienda
Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
PDF (BOE-A-2018-3358 - 49 págs. - 799 KB) Otros formatos
Ayuda de aquiler las comunidades autónomas pueden modificar las barreras e, incluso, hacer más difícil el acceso.
La base para los cálculos económicos es el IPREM en el 2018 es de 14 pagas o, lo que es lo mismo, 7.529,76 euros anuales.
Para ello es imprescindible que cumplas todas estas condiciones:
✔ Tener nacionalidad española o residencia legal.
✔ Ser el titular del contrato de alquiler y demostrar, con el padrón, que la casa es tu residencia habitual.
✔ Que el alquiler no cueste más de 600 euros mensuales (las comunidades pueden subir este umbral hasta los 900 euros).
✔ No disponer de una casa en propiedad (excepto si demuestras que no puedes vivir ahí y solo en algunos casos).
✔ No tener relaciones familiares ni societarias con el arrendador.
viernes, 8 de marzo de 2019
Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
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jueves, 7 de marzo de 2019
Carmen Martín Gaite
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#1. Caperucita en Manhattan : Carmen Martín Gaite al margen de Perrault (leer aquí)
#2. Carmen Martín Gaite - El cuarto de atrás (leer aquí)
#3. Los Cuadernos de Todo de Carmen Martín Gaite: lengua y memoria (leer aquí)
#4. Lo que queda enterrado, de Carmen Martín Gaite (leer aquí)
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domingo, 3 de marzo de 2019
Diseña desde cero o remodela tu casa en 3D.
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jueves, 28 de febrero de 2019
Ver si el correo recibido es una estafa o real
Encontrar si esa oferta de correo electrónico que usted recibió es real o simplemente otra estafa.http://snopes.com/info/whatsnew.asp
lunes, 18 de febrero de 2019
Régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución.
Régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución.
El Gobierno corrige así una instrucción enviada la semana pasada en la que permitía usar pruebas de ADN para inscribir a los menores en los consulados de origen.
Registro Civil
Instrucción de 18 de febrero de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre actualización del régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución.
PDF (BOE-A-2019-2367 - 1 pág. - 152 KB) Otros formatos
Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2019, páginas 16730 a 16730 (1 pág.)
El BOE de hoy recoge la instrucción que deroga otra anterior que permitía registrar niños nacidos en vientres de alquiler en el extranjero si comparten ADN con al menos uno de los padres. Así, de nuevo, para poder incluir al menor en el registro civil español es necesaria una resolución judicial del país donde haya nacido. Eso sí, la instrucción aplica a los menores nacidos a partir de hoy, por lo que abre la puerta a que la prueba de ADN sea suficiente para los niños ya nacidos y que no han sido registrados aún o que están en el proceso, como es el caso de las personas que siguen a la espera en Ucrania.
La instrucción deroga una anterior enviada la semana pasada a los consulados y que no ha sido publicada en el BOE, pero que sí llegó a los medios. El documento publicado hoy aclara que, además de suspender la inscripción de los menores si no existe sentencia firme de filiación, el encargado deberá informar a la Fiscalía. Esta norma se dicta “a la vista de los claros abusos contra las mujeres gestantes que en ocasiones se han dado”, argumenta. Y añade: “la lucrativa actividad de las agencias mediadoras que operan en este terreno no puede considerarse ajustada a derecho”.
Así, con la publicación hoy de esta norma, la situación vuelve a su estado anterior, marcado por una instrucción de 2010 en la que era la resolución judicial la única vía para demostrar la filiación de los menores nacidos en vientres de alquiler. Lo hace después de una única semana en la que la norma a aplicar ha sido otra.
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